Cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia


martes, 23 de febrero de 2010

La empresa multinacional perseguida

La empresa multinacional perseguida

Es una multinacional, con cientos de miles de empleados y con sede principal en Roma. Su producto estrella en venta tiene la misma calidad y consistencia contrastada que el elaborado por los echadores de cartas, santeros o fabricantes de horóscopos. Su mercancía no sufre ningún control de calidad por parte de las autoridades sanitarias, a pesar de que su mala utilización puede resultar altamente tóxica para la mente de los consumidores.

Para la ampliación de su mercado ha utilizado históricamente todas las artimañas imaginables, prácticas condenadas por las normas más elementales de la leal competencia, como la eliminación física del contrincante, o la expulsión del mercado de todo fabricante que pretendiera introducir productos de parecidas propiedades. Durante siglos, su bonanza estuvo ligada a la obtención del estatus de monopolio, de proveedor exclusivo del poder.

Una multinacional asentada en los cinco continentes, con un patrimonio inmobiliario inconmensurable, propietaria de fabulosos tesoros de joyas de oro, plata y pedrería, poseedora de un capital de obras de arte con el que se podría formar el mayor y más prestigioso museo del planeta.

Al igual que sucede con las farmacéuticas y con Mariano Rajoy, su influencia se acrecienta en la desgracia de los demás, pues su producto está especialmente orientado al supuesto alivio de la sintomatología de los estados de crisis aguda.

A pesar de su pérdida creciente de mercado y la dura competencia de la Bruja Lola, su filial española ha obtenido 11 millones más de beneficios que el ejercicio anterior, gracias a que sus clientes dejan de pagar a la Hacienda Pública un 0,7% del IRPF.

Se la conoce también como la Iglesia perseguida.

Para mas información pincha en:

http://blogs.publico.es/manolosaco

Comentarios de un ser humano con memoria

La ley del embudo.

Cuando ya se han olvidado los orígenes de esta crisis, amnistiado a los responsables y borrada de la memoria la infinidad de artículos de opinión sobre la estrategia que se ha de seguir cuando el capitalismo salvaje se muestra enemigo de los ciudadanos al campar libre, sin control por parte de los gobiernos, hay unanimidad en el camino a seguir: que paguen las víctimas.
Nadie habla ya de alternativas de reforma del sistema para que la economía especulativa no vuelva a producir otra estafa similar. El intervencionismo vuelve a ser antidemocrático. Los especialistas en la materia hablan de arrimar el hombro, cuando quieren decir abolir derechos de unos, sólo de unos. Ya he escuchado hasta la saciedad la necesidad del cambio en el mercado laboral. Ya saben, la matemática no falla y hay que abaratar el despido, flexibilizar la contratación, cerrar el INEM para dejar paso a los intermediarios de la contratación y prolongar la edad de jubilación. Bien, está claro que, por un lado, se renuncia a todas las conquistas sindicales que han costado muchos muertos y mucha cárcel. Ni siquiera se plantean como cesiones temporales hasta que escampe, sino como reformas estructurales profundas para el normal funcionamiento del engranaje y el aumento de la productividad. ¡Qué bonito! ¿Y por el otro? ¿Cuáles son las contrapartidas que aporta el otro interlocutor? El que contrata no ve reformas necesarias en su sector. Ni siquiera cuando el representante del gremio deja de pagar a sus empleados, a la Seguridad Social y, si se tercia, a dios bendito. En definitivas cuentas, una vez pasado el tsunami, se reagrupan las fuerzas y se preparan para la carga final.

El Gran Wyoming

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http://blogs.publico.es/asuntosycuestiones

lunes, 1 de febrero de 2010

Ley de Descargas

Este texto me ha llegado en un correo y me ha parecido oportuno ponerlo en el blog... para el que quiera leerlo....





LA NUEVA LEY INJUSTA Y PENOSA

1º SUPUESTO

a) PEPE se descarga una canción de Internet.

b) PEPE decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.

ACLARACIÓN: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años.. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).



2º SUPUESTO


a) CARMEN se descarga una canción de Internet.


b) CARMEN va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.

ACLARACIÓN: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).




3º SUPUESTO


a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.

b) JOAQUIN en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.

ACLARACIÓN: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.




4º SUPUESTO


a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.

b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.

ACLARACIÓN: Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.




5º SUPUESTO


a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.

b) JUAN,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.

ACLARACIÓN: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.




6º SUPUESTO


a) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.

b) MÓNICA Y CRISTINA van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.

ACLARACIÓN: La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.




7º SUPUESTO


a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el 'Kill'em All' de Metallica.

b) NACHO, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.

ACLARACIÓN: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal




8º SUPUESTO


a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.

b) ANTONIO le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película 'La Jungla 4.0'.

ACLARACIÓN: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la 'a', puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Hala, ya sabéis: pegad, acosad, robad, pero no uséis el "emule ese".